Cuando contratamos a un profesional para la construccíón de nuestra vivienda hay distintos tipos de contratos con características diferentes que podemos elegir, a continuación te platico acerca de ellos:
Contrato a precio alzado
La ventaja de este contrato es que el precio es fijo. Desde un principio sabes cuánto va a ser el total que pagarás por tu casa y se establece un plazo de entrega con el que el constructor debe cumplir. El constructor asume el riesgo económico de la obra por lo que recibe en pago una cantidad fijada por él y por encima de lo que se espera recibir en otros tipos de contrato.
El precio pactado es por el total de la obra pero puede entregarse en etapas según el porcentaje de avance.
Este contrato puede terminarse en los siguientes casos:
- Al terminarse y entregarse la obra
- Por decisión del dueño
- Por decisión del constructor
- Por fallecimiento del constructor
Siempre debe pagarse al constructor la parte concluida de la obra al término del contrato, en caso de fallecimiento se paga a sus herederos.
En caso de fallecimiento del dueño puede continuarse el contrato con sus herederos.
Contrato por precios unitarios
En este tipo de contrato se asigna un precio a cada uno de los conceptos que se deben construir y se pacta un precio por cada uno de ellos. Es un contrato más flexible en el sentido de que se pueden agregar conceptos «extra». En un contrato a precios unitarios el cliente paga al constructor por los conceptos que están completados según el calendario de obra y permite incluir en el contrato todas las especificaciones necesarias por lo que se utiliza mucho para obras de gobierno.
En este tipo de contrato el riesgo de la variación en el precio es compartida entre el cliente y el constructor. Si el precio varía un poco el constructor asume el costo adicional, pero si la variación del costo rebasa un porcentaje acordado previamente el cliente debe aceptar la modificación de los precios unitarios según lo establecido en el contrato.
Contrato de obra por administración
La ventaja de este contrato para el cliente es que puede saber exactamente en qué se está invirtiendo su dinero. En este tipo de contrato el constructor se encarga de ejecutar la obra y adquirir los materiales para este fin. Las facturas se realizan a nombre del cliente y el constructor recibe un porcentaje fijo de todos los gastos efectuados.
Y tú ¿Cuál de estas opciones prefieres? ¿Usas otra? Recuerda que el contrato protege los intereses de ambas partes y es mejor tenerlo y no necesitarlo que necesitarlo y no tenerlo, al fin y al cabo… papelito habla.